Han cambiado los criterios para la recuperación de la autorización de residencia de larga duración en aquellos casos que el permiso se extinguiera.
Si necesitas ayuda o asistencia para solicitar la autorización de residencia de larga duración, o recuperarla, comunícate con CARLOS MALVAR ABOGADO, para obtener un asesoramiento profesional y ayuda en la gestión.
¿Cuáles son los casos en los que se puede recuperar la Autorización?
Para solicitar la recuperación de la autorización de residencia de larga duración hay que poseer una autorización de residencia de larga duración previa, encontrare en estancia legal y cumplir con uno de los tres siguientes casos:
- Cuando el extranjero haya permanecido de forma continuada fuera de la Unión Europea por un plazo superior de 12 meses.
- En aquellos casos en el que el extranjero se haya acogido al retorno voluntario y haya finalizado su compromiso de no retorno a España.
- Cuando el ciudadano extranjero haya adquirido una residencia de larga duración- UE en otro país miembro.
En cualquiera de esos tres casos, tu autorización de residencia está dentro de una causa de extinción, y por lo tanto podrás tramitar y recuperar tu Residencia de Larga Duración.
¿Qué criterio mantenían las Oficinas de Extranjería?
Antes de este cambio, las Oficinas de Extranjería requerían obligatoriamente la extinción de la autorización de residencia a través de una resolución administrativa, expedida por las propias oficinas. Esta situación generaba un período de irregularidad en los extranjeros y extranjeras que intentaban recuperar la Autorización de Residencia de Larga Duración, ya que al solicitarla, la Oficina de Extranjería extinguía la autorización previa.
A su vez, esto les complicaba la solicitud, ya que el primero de los requisitos para la autorización de residencia de larga duración es, justamente, no encontrarse de manera irregular en territorio español. Para sortear este osbtáculo, los y las que querían tramitar la solicitud de recuperación de autorización debían hacerlo desde su país de origen o extranjero donde residían, a través del Consulado de España. O bien, debían volver a su país para terminar con el proceso y conseguir la autorización.
Como ven, carecía completamente de sentido la manera a realizar el trámite y lo complejo. La misma Oficina de Extranjería que te otorgaba la recuperación de la autorización de residencia de larga duración, te colocaba en situación irregular y obligaba a irte de España para completar la gestión, o bien realizarla desde tu país de origen.
¿Cuál es el nuevo criterio de las Oficinas de Extranjería?
A raíz de estas dificultades ya mencionadas, se decidió cambiar el criterio y aplicar uno más favorable para la gestión de estas solicitudes y simplificando al extranjero el proceso de recuperación de la autorización de residencia de larga duración.
A partir de ahora, lo que cambia es el procedimiento. Cualquier extranjero o extranjera con una autorización de residencia de larga duración que cumpla con alguno de los supuestos de extinción (los del principio del artículo) puede pedir directamente la recuperación en la Oficina de Extranjería de su ciudad -o en su defecto, si se encuentra fuera de España, en el Consulado Español de su país de residencia-.
Si el extranjero o extranjera cumple con los requisitos, la Oficina de Extranjería extinguirá tu autorización y concederá automáticamente tu recuperación de residencia de larga duración SIN la necesidad de que salgas del país.
¿Qué documentación se necesita para la recuperación de la residencia de larga duración?
Para realizar el trámite de recuperación de residencia de larga duración debes presentar:
- Certificado de empadronamiento actualizado (si estás haciendo la solicitud en España)
- Copia completa de tu pasaporte en vigor
- Certificado médico
- Certificado de Antecedentes Penales debidamente apostillado, legalizado y traducido a través de traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores si es necesario.
Además de esta documentación tendrás que completar un formulario y abonar una tasa para poder tramitar tu Recuperación de la Residencia de Larga Duración.
¿Cuáles son los plazos del trámite?
Desde que el extranjero o la extranjera realiza la solicitud de recuperación de la residencia de larga duración, la Oficina de Extranjería tiene tres meses para emitir una resolución. En caso de que se venza el plazo y no haya novedades sobre la solicitud, se considera estimada por silencio administrativo positivo. En ese caso, el extranjero puede realizar un escrito en el que le solicite a la Oficina de Extranjería la resolución por silencio administrativo positivo y así finalizar el trámite, hacer la huella y obtener la tarjeta física.
En caso de que requieras ayuda o asistencia para solicitar la autorización de residencia de larga duración, o recuperarla, comunícate con CARLOS MALVAR ABOGADO, para obtener un asesoramiento profesional y ayuda en la gestión.
Carlos Malvar
Tu Abogado de Extranjería