El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de España pondrá en marcha un plan de concesión de visados. Es para la búsqueda de empleo a hijos y nietos de ciudadanos españoles de origen que residan en Argentina y que no sean españoles.
El objetivo del plan es facilitar una migración legal, ordenada y segura. De esta forma, los visados durarán tres meses y permitirán ingresar a España para buscar empleo. Se espera preferentemente profesionales en ingeniería informática y tecnologías de la información, científicos, financieros o especialistas en márketing.
Cómo Solicitar el Visado especial
La forma de solicitud será online, a través de un sitio web que habilitará a partir del 1 de abril de 2019 la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en Argentina. Allí, los interesados e interesadas deberán rellenar un formulario y solicitar así la pre-inscripción. Ante cualquier duda que tenga, comuníquese con Carlos Malvar Abogado, quien podrá asesorarle.
Luego, los que resulten seleccionados deberán acercarse a algún Consulado de España en Argentina, e iniciar la solicitud del visado. Desde ese momento, también podrán iniciar el proceso de búsqueda de empleo y se les otorgará un acceso a los servicios que dará el Servicio Público de Empleo.
Una vez obtenido el trabajo, los y las beneficiarias podrán hacer la reagrupación familiar y solicitar la nacionalidad española, tal como establece la legislación. Deberán acreditar la condición de hijo o nieto de español en las Oficinas de Extranjería, ya en España.
Los requisitos para el Visado
La Secretaría de Estado de Migraciones fijó una serie de requisitos personales, educativos y laborales para los interesados que quieran participar del plan. Aún no los dieron a conocer en detalle, pero se tendrán en cuenta la experiencia laboral, la formación académica y la situación familiar como punto de partida.
Será una vez aceptada la solicitud que se valorarán los méritos de los y las aspirantes, según los parámetros establecidos.
Qué normativa ampara este Visado
Esta medida está amparada bajo el marco normativo de La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 557/2011. Ambas establecen la posibilidad de otorgar autorizaciones de residencia y trabajo a extranjeros que no se hallen ni residan en España.