El Brexit, la salida que negocia Gran Bretaña de la Unión Europea, se prorrogó hasta octubre, y con ello también la ruptura de todos los acuerdos de bloque que implica.
Anteriormente, el Consejo de Ministros había aprobado un Real-decreto ley con planes de contingencia en el caso de que se produzca efectivamente, para minimizar los efectos en materia de extranjería. Este real-decreto sólo tendrá efecto si el Brexit se hace efectivo sin acuerdo.
En España viven 300.000 británicos, a los que se les mantendrá la residencia hasta diciembre de 2020 una vez que Gran Bretaña deje de formar parte del bloque de la Unión Europea. Por otra parte, hay más de 200.000 españoles viviendo en Gran Bretaña y se espera que también tomen medidas similares con respecto a ellos.
Josep Borrell, Ministro de Asuntos Exteriores, explicó que las medidas comprendidas en este nuevo real-decreto ley “tienen por objetivo preservar los intereses de los ciudadanos, tanto españoles residentes en el Reino Unido, como británicos residentes en España”.
Las medidas en materia de extranjería
Este real-decreto ley establece una transición de los ciudadanos británicos del régimen comunitario de extranjería al régimen general de extranjería. En caso de que no se ejecute el Brexit, todo continuará como hasta ahora; sin embargo, en caso de que en Octubre finalmente Gran Bretaña deje de ser parte de la Unión Europea, los británicos en España mantendrán su residencia legal como comunitarios hasta finales de 2020, siempre y cuando la misma haya sido expedida antes del “Brexit”. Antes de que venza el plazo, deberán solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero, contemplada en el Régimen General.
En el caso de Gibraltar, quienes sean trabajadores fronterizos tendrán una regulación del procedimiento donde se emitirá una autorización de trabajo. Esto queda pendiente de una resolución del Gobierno británico que brinde un tratamiento “recíproco” para con los españoles que trabajan en la frontera.
En el ámbito de empleo público, se mantendrá la condición de funcionarios a los británicos que la tuvieran en el momento del ‘Brexit’. el Asimismo habrá reconocimiento de cualificaciones educativas y profesionales.
Se protegerá a los trabajadores y pensionistas cubiertos por los sistemas de seguridad social tanto británico como español que ejercieron la libertad de residencia y circulación en la UE ante del ‘Brexit’, aunque solo será aplicable durante un «período determinado» o hasta que haya un acuerdo internacional o bilateral.
En cuanto a la asistencia sanitaria, España la seguirá prestando a los británicos con las mismas condiciones a la retirada del Reino Unido de la UE siempre que garantice lo mismo a los españoles.
Sobre los permisos de conducción expedidos en el Reino Unido, España los reconocerá durante un período de nueve meses. En ese plazo, los británicos lo podrán canjear por otro permiso español. Pasado ese plazo, se les aplicará la normativa para licencias expedidas por terceros países.
También se incluyen medidas para garantizar la continuidad de los contratos de los servicios financieros, establecer las nuevas condiciones aduaneras y regular la situación de los operadores económicos.
A partir de 2021
Si el Brexit finalmente ocurre en octubre de este año, y entran en vigencia las medidas de este Real-decreto ley, a partir de 2021 los ciudadanos británicos que deseen ingresar o residir en España podrán hacerlo legalmente, pero con las condiciones establecidas en el Régimen General, en tanto no haya nuevos acuerdos bilaterales.
Esto quiere decir que tendrán nuevos requisitos tanto para ingresar al país, como para residir legalmente una vez superados los tres meses que establecen ambos regímenes.
Carlos Malvar
Tu Abogado de Extranjería