El Tribunal Supremo realizó un fallo que elimina el máximo de un año establecido para las autorizaciones de residencia temporal en España por razones excepcionales. A partir de ahora, podrá ser prorrogado si las autoridades competentes establecen que circunstancias por las cuales fue pedido se mantienen.
Hasta el momento, el artículo 130.1 del Reglamento de la Ley de Extranjería establecía un plazo máximo de 12 meses para las autorizaciones de residencia excepcional. Una de ellas es, por ejemplo, el arraigo familiar. Sin embargo, no contemplaba la situación de algunas familias. Esto fue lo que impulsó al Supremo a realizar el fallo.
Esta medida aplica a todas las solicitudes de residencia temporal por circunstancias excepcionales, además del arraigo familiar.
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